El artículo 7 de los estatutos de la RCO en reconocimiento a profesores y personas naturales por su contribución destacada al desarrollo y divulgación de la óptica, la espectroscopia o la fotónica en Colombia, otorga la membresía honorífica.
– Para las instrucciones de postulación de candidatos presionar aquí. –
Dra. Myrian Tebaldi
Profesora titular, Facultad de Ingeniería, Universidad Nacional de La Plata, La Plata, Argentina. Investigador independiente del CONICET.
Desde 2020 es vicedirectora del Centro de Investigaciones en Óptica CIOp, La Plata, Argentina
Licenciada en Física, Universidad Nacional de La Plata
Ph.D. en Física, Universidad Nacional de La Plata
Temas de interés: técnicas de speckle, metrología óptica, holografía, procesamiento de imágenes.
Dr. Hernando Garcia
Profesor asociado, Southern Illinois University, Edwardsville, Illinois, EE.UU.
B.S., New Jersey Institute of Technology
M.S., Rutgers the State University of New Jersey, Piscataway
Ph.D., New Jersey Institute of Technology and Rutgers the State University of New Jersey, Piscataway
Temas de interés: óptica nolineal, nolinealidades en fibras ópticas, generación de supercontinuo, espectroscopia ultrarrápida.
Dr. Román Castañeda
Profesor titular, Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, Medellín, Colombia.
Físico, Universidad de Antioquia
Magíster en Física, Universidad de Antioquia
Dr.rer.nat. Technishe Universität Berlín, Alemania
Temas de interés: óptica clásica, coherencia óptica, modelamiento de campos ópticos y electromagnéticos.
— Google Scholar — ORCID
Dra. Ángela Guzmán
Dr. Nertor Bolognini
Dr. Jose Luis Paz
Procedimiento para postulación
Quién puede ser postulado
En base al artículo 7 de los estatutos de la RCO podrá ser postulado cualquier persona natural que se considere haya hecho aportes de gran importancia y relevancia mundial a la Óptica, espectroscopia, fotónica, o áreas afines; o que haya hecho aportes de gran importancia y relevancia en Colombia para el avance de la Óptica, espectroscopia, fotónica, o áreas afines; o que haya participado de forma notoria en la organización y realización de eventos académicos de la RCO; o que sea reconocida su participación activa en la organización y avance de la RCO.
Postulación
La postulación para que una persona natural sea reconocida como un miembro honorario podrá ser hecha por un conjunto de miembros de la RCO, conformado en cualquiera de las siguientes opciones:
- Dos miembros del Consejo ejecutivo.
- Dos miembros honorarios.
- Cuatro miembros de la RCO, entre los cuales al menos dos son miembros regulares.
La postulación deberá ser enviada por medio electrónico al Consejo ejecutivo para su estudio, a la cuenta de correo contacto@srco.org.co, con el asunto: Postulación candidato miembro honorario. La documentación deberá incluir una carta de presentación en la que se justifiquen los méritos del candidato para ser elegido miembro honorario. Al final de esta carta deben consignarse los datos de al menos uno de los postulantes, y los datos básicos, y de contacto del candidato. A la carta se deben adjuntar todos los soportes a que se de lugar. La carta deberá estar firmada por la persona o personas que postulan al candidato.
Elección
Con una semana de antelación a la reunión para la elección se le avisará a todos los miembros de la RCO sobre la postulación, con el fin de dar espacio a cualquier comentario que se considere deba ser tenido en cuenta para la elección.
La elección del miembro se hará en una reunión del consejo ejecutivo donde se estudiará la documentación y se tomará la decisión de aceptar o denegar la elección. La decisión será enviada a los postulantes vía electrónica. En caso de que el candidato sea elegido, se le informará por vía electrónica, se le enviará el respectivo certificado, se hará mención en los medios de comunicación de la red, se incluirá en el salón de Honor, y se hará un reconocimiento en el siguiente Encuentro Nacional de Óptica.
La elección también se podrá hacer en la Asamblea General Ordinaria de la Sociedad, en cuyo caso la decisión se tomará por mayoría absoluta según votación de los presentes.
La decisión del Consejo podrá ser apelada ante el Consejo mismo, enviando una carta con las razones para no aceptar la decisión del Consejo. En segunda instancia se podrá apelar ante la asamblea general de miembros. Ambas partes (Consejo y persona que apela) deberán enviar una carta a la asamblea general de miembros defendiendo el punto de vista de cada parte (al correo contacto@srco.org.co con el asunto: apelación a la decisión del Consejo). La decisión final se tomará por votación de todos los miembros de la RCO, asistentes a la asamblea, y el resultado de la apelación se definirá por mayoría absoluta de los participantes en la votación.